Mal uso del crédito horario
Sólo se puede sancionar el uso indebido del crédito horario si la empresa acredita un incumplimiento del representante.
El crédito horario del que disponen los representantes de los trabajadores sólo se puede utilizar para realizar funciones de representación y, si no se gasta dentro del mes, se pierde (salvo que el convenio prevea la acumulación durante el año). Si la empresa sospecha que un delegado de personal o miembro del comité utiliza las horas para fines ajenos a la representación, debe tener en cuenta varios aspectos:
- En general, el uso del crédito horario no requiere autorización previa de la empresa. No obstante, el empleado deberá preavisar (la ley no contempla un preaviso mínimo, pero es razonable exigir tres o cuatro días para que la empresa se pueda organizar).
- En caso de que existan causas organizativas (y de entidad) que lo justifiquen, la empresa podrá denegar el permiso (eso sí, proponiendo una fecha alternativa para que no alegue vulneración de derechos).
- La empresa podrá exigir al delegado un justificante de la ausencia (por ejemplo, un documento sellado por el sindicato). Si le solicita dicho justificante y él no se lo entrega, lo puede sancionar por ausencia injustificada (siempre que se pueda demostrar la negativa del representante a acreditar los motivos de su ausencia).
En cualquier caso, se presume que los representantes de los trabajadores usan correctamente el crédito horario. Por tanto, para poder sancionar un uso indebido es la empresa quien deberá acreditar tal situación.
Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda que tenga sobre garantías y límites de sus representantes de los trabajadores.
-
Medidas de respuesta ante la DANA
Tras la DANA, el Gobierno ha aprobado un real decreto-ley que contempla, entre otras, varias medidas laborales y de Seguridad Social.
-
Reducción de jornada y salario
Aunque un trabajador esté en reducción de jornada por guarda legal, hay complementos que no se reducen.
-
¿Es un TRADE? ¿Es un falso autónomo?
Verifique estos extremos si su empresa contrata a un autónomo para realizar trabajos periódicos o continuados.
contenido exclusivo